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Sindicato de Trabajadores de Tragsatec

Jóvenes con título pero sin buen empleo

España tiene más jóvenes titulados que la media de los países de la OCDE (39%, seis puntos más que la media), pero no puede absorberlos en un puesto adecuado a su capacitación laboral porque el modelo económico no se corresponde con las titulaciones ofrecidas por las universidades.

Quién no conoce a una economista ocupada como administrativa o a una historiadora del arte que bordea los 1.000 euros como teleoperadora. El pan nuestro de cada día ligado a las exitosas cifras académicas de España, donde 39 de cada 100 jóvenes entre 24 y 34 años tiene un título universitario o estudios de grado superior, seis más que la media de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

El país ya no puede absorber a los nuevos titulados con un puesto adecuado a su capacitación laboral, pues el modelo económico no se corresponde con las titulaciones ofrecidas por las universidades. Nada que ver con la época dorada para los universitarios de hace varias décadas: sólo el 15% de los que hoy tienen entre 54 y 64 años es titulado superior.

El informe anual de la OCDE, presentado la semana pasada en París, lo cuantifica: únicamente un 78% de los titulados universitarios que trabajan en España tiene un puesto acorde a su formación. Un 20% tiene un cargo semicualificado y un 2% para el que no se requiere ninguna capacitación. Estos datos sitúan a España a la cabeza de un ranking de 24 países de la OCDE (Estados Unidos tiene un recuento distinto). De promedio hay un 13,2% de sobrecualificados en estos países. A España sólo le siguen de cerca Canadá con un 79%, Irlanda con un 80% y Austria y Noruega con un 84%. En cambio, Luxemburgo (98%), la República Checa (95%), Finlandia (92%) y Dinamarca (91%) son hoy el paraíso del recién licenciado.

Los titulados españoles en un ciclo formativo de grado superior -el estrato más alto de la formación profesional, considerado también educación terciaria- corren peor suerte. Sólo un 37% tiene un trabajo apto. Además, la organización calcula que España tiene un 15% de ocupaciones sin cualificación, la mayor proporción de la OCDE.

La tendencia española es hacia un declive en el ingreso en las facultades. La media de titulados entre 2000 y 2005 está cuatro puntos por debajo de la media de la OCDE y es, junto a Austria, el único país en el que cada vez ingresan menos alumnos en las facultades. De la tendencia se han favorecido los estudios de grado superior. "Se puede atribuir al desarrollo de nuevos programas de capacitación profesional de nivel avanzado", señala el informe.

El exceso de población formada pasa también factura a los salarios. En España, un licenciado gana un 32% más que un graduado en secundaria, cuando en la OCDE ganaría un 52% más.

El estudio remarca que España e Irlanda son los Estados más equitativos en materia de educación. Cuatro de cada diez alumnos de un centro superior es de extracción obrera y nueve de cada diez españoles estudia en uno público. Sorprende descubrir que sólo en Holanda, Suiza y España son las autoridades educativas (central, regional o local) quienes establecen el precio de las matrículas, bajas en España (570 euros anuales). Sin embargo, el porcentaje de becas españolas (34% de los alumnos) es reducido.

El progresivo aumento de conciertos con centros privados en la última década explica la caída en un punto de la financiación privada de la educación. Además, cada vez se matriculan menos niños -un 25% en primaria y secundaria entre 1995 y 2005-, por lo que el gasto en ellos ha crecido un 9%, cuatro veces menos que la subida en el gasto de los universitarios.

La OCDE alerta también del escaso tiempo que los españoles orientan su formación ante su trabajo. Los titulados superiores dedican 166 horas menos que el promedio de la OCDE (669 horas), y los graduados en secundaria la mitad de las 210 de promedio. "La educación continua y la formación habitualmente no llegan a las personas que más la necesitan", lamenta el informe.

ELISA SILIÓ
El Pais

Más del 22% de las consultas por problemas de salud en el trabajo se deben a complicaciones visuales, según una encuesta

El 22,5 por ciento de los pacientes que acuden a la consulta médica por problemas de salud en el trabajo lo hace por complicaciones visuales.

En concreto el 13,6 por ciento lo hace por fatiga visual, mientras el 8,9 por ciento acude a revisión por alteraciones visuales como la miopía, la hipermetropía, el astigmatismo, la presbicia o la anisometropía, por encima de consultas por estrés (8,7%) o depresión (3,9%), según se desprende de los resultados de la Encuesta Nacional de Condiciones de Trabajo.

En primer lugar sigue el "tradicional" dolor de espalda con un 20,4 por ciento de las consultas totales, pero el dolor de cuello, también frecuente, ha descendido al tercer lugar (19,7%) tras ser superado por los problemas visuales, "un dato que puede indicar que las condiciones de trabajo no siempre son las más adecuadas y saludables para los ojos, mucho más si tenemos algún problema refractivo sin compensar", afirmó el presidente de la asociación Visión y Vida, Javier Cañamero.

"Las conclusiones del estudio nos dicen que los españoles no damos la importancia que debiéramos a las revisiones periódicas de nuestra salud visual --apuntó Cañamero--. Debemos invertir esta tendencia y trabajar conjuntamente para que las revisiones visuales sean algo habitual y cotidiano, al menos una vez al año".

RR HH Digital

 

INFORMACIÓN DE TICKETS DE COMIDA

Os adjunto la información que ha remitido Recursos Humanos informando de la lleguada de los próximos tickets de comida, ahora que empezamos la jornada normal:

Próximamente llegarán los cheques de comida  para las tardes de la segunda quincena de septiembre y el mes de octubre, regularizando las tardes de mayo y primera quincena de junio. La relación de cheques de comida es la siguiente:

Santiago de Compostela:

Por 23 tardes trabajadas en mayo y primera quincena de junio, corresponden 25 tardes para la segunda quincena de septiembre y el mes de octubre.

Ciudad Real:

Por 21 tardes trabajadas en mayo y primera quincena de junio, corresponden 27 tardes para la segunda quincena de septiembre y el mes de octubre.

Murcia:

Por 22 tardes trabajadas en mayo y primera quincena de junio, corresponden 25 tardes para la segunda quincena de septiembre y el mes de octubre.

Pamplona:

Por 23 tardes trabajadas en mayo y primera quincena de junio, corresponden 28 tardes para la segunda quincena de septiembre y el mes de octubre.

Badajoz, Valencia, León, Palma y Zaragoza:

Por 23 tardes trabajadas en mayo y primera quincena de junio, corresponden 26 tardes para la segunda quincena de septiembre y el mes de octubre.

Barcelona, Cuenca y Toledo

Por 22 tardes trabajadas en mayo y primera quincena de junio, corresponden 27 tardes para la segunda quincena de septiembre y el mes de octubre.

 Madrid y Resto de España:

 Por 23 tardes trabajadas en mayo y primera quincena de junio, corresponden 27 tardes para la segunda quincena de septiembre y el mes de octubre.

 Ya sabéis que se debe restar los días en que se ha estado de baja o no se ha trabajado por la tarde, espero que os sirva de referencia estos datos que aporta Recuersos Humanos.

 

SOBRE LA DEDUCIÓN DE LOS 400 EUROS EN EL IRPF 2008

Como muchos compañeros se han dado cuenta, después de la regularización que se produjo en la nómina de junio, donde se aplicó el primer tramo de la ayuda (200 euros, salvo las excepciones que se contemplan -ver Nota de la Agencia Tributaria: Deducción de 400 € para IRPF 2008-), se tiene que aplicar el segundo tramo a lo largo de este semestre. El problema está en que parece que no se está realizando dada la posibilidad que tienen las empresas de hacer la regulación directamente sobre el porcentaje de la desgrabación, y que además pueden variarlo durante este tiempo.

Por este motivo, publicamos un pequeño estudio que un delegado de CC.OO. (Javier Chamorro) ha hecho  y comprobado:

1.- Duda de un compañero

Me acaban de dar la nómina y he estado haciendo cuentas. En la nomina de julio (a mi y al resto de compis de por aquí) no aparece la deducción de los 33,33 € de IRPF que en los seis meses que quedan hasta final de año deben sumar 200 € en el caso de que el descuenta en junio haya sumado esta cantidad (la famosa medida de los 400 €). Como ha cambiado la normativa del cálculo del IRPF (en mi caso ha cambiado, aumentando a 15,42 según la nómina) me he descargado de la agencia tributaria el programita para calcularlo y me sale esa cifra, por lo tanto la medida de los 400 no la están aplicando por la vía de modificar el porcentaje de IRPF. Así que creo que las nóminas las han hecho (y han pagado mal). Os pediría que hicierais vosotr@s el cálculo para ver si la cosa es generalizada.

Los enlaces son:

2.- Respuesta

Angel Cocero a preguntado a los de RRHH sobre el asunto de la medida de los 400 € y le han dicho que lo están haciendo mediante el nuevo cálculo del IRPF (ahora aparece con dos decimales). A mí la respuesta de los de RRHH no me parecía muy allá, así que he estado hablando con la Agencia Tributaria, y efectivamente, parece que se hace así (algo que podían haber explicado la verdad) y me han hecho el cálculo de la siguiente manera con el programa “retenciones 2008 (2º semestre)” (os vuelvo a poner el enlace más abajo):

El cálculo es el siguiente: en el programa Retenciones 2008 (2º semestre) hay que meter en el apartado “datos económicos” el salario bruto (la nómina de julio multiplicada por 12 y sumándole 2 salarios según convenio) y no se meten los cheques gourmet porque no alcanzan a 9,00 €/dia (están exentos de IRPF), así como la cotización a la Seg Social (multiplicar por 12 –aquí ya va la parte paga extras- el 4,7% de la cabecera de la nómina).

Por otra parte, en el apartado “datos de regularización”, hay marcar la casilla 15  y meter lo que se ha cobrado hasta junio (en general la mitad del bruto anual) y lo que se ha pagado de IRPF (descontando ya los 200 € de máximo que contempla la medida para junio). Dando a “resultados”, nos sale el nuevo porcentaje de IRPF, de manera que si haces el cálculo anual con el porcentaje que se nos debería aplicar hasta junio, salen justo 400,00 € más (lo he comprobado con otras nóminas). 

Probad a hacer los cálculos,

 

 

 

Un tribunal reconoce a una mujer el derecho a reducir su jornada para cuidar a su hija

La empresa alegaba que no podía dejar de rotar entre el horario de mañana y de tarde

AGENCIAS - Madrid - 05/08/2008

El Juzgado de lo Social de Madrid ha reconocido a una trabajadora de Alcampo el derecho de fijar su horario laboral para poder atender a su hija de tres años, ha informado hoy el sindicato UGT. La mujer, que trabaja como cajera en el centro comercial de Getafe desde 1991, había solicitado una reducción de jornada, ya que trabajaba 90 horas mensuales de lunes a domingo en turno rotativo de mañana y tarde. En concreto pidió que el horario fuese de lunes a viernes de 10.00 a 13.30, con descanso sábado y domingo.

El 31 de enero la empresa le notificó la denegación de su solicitud al entender que la reducción de jornada por razón de guarda legal no puede cambiar las condiciones de la jornada laboral de la trabajadora y que "debía ejecutarse dentro del horario de trabajo habitual de la trabajadora, sin que pueda suponer la libre elección de nuevos horarios sobre los que pueda practicar dicha reducción".

No afecta a la actividad empresarial

La sentencia, contra la que no cabe recurso de súplica, recuerda que el artículo 37,5 del Estatuto del Trabajador "dispone que quien, por razones de guarda legal tenga a su cuidado a un menor de 8 años, tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo, con la disminución proporcional del salario entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquella".

El apartado 6 del mismo artículo dispone que la concreción horaria y la determinación del periodo de disfrute de la reducción de la jornada anterior "corresponderá al trabajador dentro de su jornada horaria" siendo un precepto orientado a "asegurar el ejercicio adecuado de la patria potestad y a preservar el interés del menor". Para el tribunal, la petición de la trabajadora no repercute negativamente en el funcionamiento normal del trabajo ya que el centro cuenta con 73 cajeras que realizan turnos de mañana y tarde, por lo que no hay motivo para denegar la petición ya que no afectaría "a la actividad empresarial ni suponer un perjuicio en los momentos de mayor volumen de ventas y afluencia de público".

La secretaria de Comercio, Hostelería, Turismo y Juego de UGT, María José Tajuelo, ha destacado hoy que esta sentencia "viene a confirmar lo que es de sentido común" y es que el derecho de un menor a ser cuidado por sus padres prevalece sobre los intereses comerciales de las empresas.

 

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RESUMEN DE LA REUNIÓN celebrada el 30 DE JULIO DE 2008 con la Dirección

 

 

En Madrid, siendo las 12:00 horas del día 30 de julio de 2008, previa convocatoria, se reúne el ORET y RRHH  bajo el siguiente ORDEN DEL DÍA:

                       

1. Seguimiento Acuerdo Estabilidad en el Empleo.

2. Contestación temas pendientes Reclasificación.

3. Reclamación de la Aplicación del proyecto Integra-t en Galicia.

4. Varios

 

PUNTO PRIMERO

 

La RD hace entrega de un listado en el que están todas las conversiones de contratos por obra en contratos indefinidos que se han hecho entre el 1 de enero y el 25 de julio de 2008 y que no corresponden a transformaciones por motivos de gran antigüedad realizadas en abril.

 

La RT pide un listado de  trabajadores indefinidos y otro de contratados por obra y la RD contesta que facilitarán estos listados.

 

La RT pregunta si todos los trabajadores de la lista cumplen el Real Decreto  5/2006  y la RD contesta que están todos los fijos firmados por la COMISION DE CONTRATACIÓN (compuesta por varios directivos de la empresa) y que es probable que no todos cumplan el citado Real Decreto.

 

La RT pide que se descuenten en esta lista todas las conversiones en contratos indefinidos que no cumplan el Real Decreto y la RD contesta que a final de año se descontarán todos los que han  “metido por mi cara”

 

La RT pregunta por el caso de la trabajadora de Madrid  Pilar Fernández López que no fue incluida, por error, en la lista de antigüedad .La  RD contesta que no pasa a indefinida por que ha habido un informe desfavorable y como el porcentaje máximo de informes desfavorables es el 5% y el 5% de 228 es 11 y hasta ahora solo ha habido 10 informes desfavorables, este caso está dentro del cupo y sería el último informe desfavorable.

 

La RT manifiesta que según la información que ha podido recopilar de esta trabajadora no se merecía un informe negativo, además de considerar que el informe se ha emitido a destiempo, ya con la afectada fuera de la Empresa.

 

La RD contesta que si el ORET lo considera oportuno puede elevar una queja a la Dirección de la Empresa.

 

En el caso de la trabajadora que está en excedencia por maternidad la RD dice que pasará a indefinida con reserva de su puesto de trabajo cuando regrese  y en cuanto a las otras 5 conversiones a indefinido por antigüedad pendientes, hasta alcanzar los 223, se continuará  con  la lista de suplentes.

 

 

 

PUNTO SEGUNDO

 

La RT comenta que, en el caso de las promociones realizadas recientemente en Galicia, la publicidad aparecida en la intranet de la empresa era todo un idéntico a la definición de los puestos de trabajo del proyecto integra-t salvo la experiencia y que en la última reunión con la empresa sobre el integra-t la RD había dicho que las promociones de Galicia eran un “proyecto piloto”.

 

La RD contesta que no eran un proyecto piloto y que lo que estaban intentando es introducir poco a poco la cultura del integra-t en la empresa.

 

La RT argumenta que en las definiciones de los puestos de trabajo viene la experiencia necesaria y que no entiende porque se la saltaron en estos casos y la RD contesta que entiende que la experiencia necesaria no debe considerarse como un mínimo necesario porque si no en algún caso podría quedar algún puesto sin cubrir.

 

La RT insiste en que cuando trabajaron en la definición de los puestos de trabajo todos entendieron que el tiempo necesario era un mínimo y la RD contesta que no es así y que si todos lo entendimos así es porque hubo algún error en su comunicación con la RT.

 

 

 

PUNTO TERCERO

 

La RD dice que el caso de los Técnicos de Laboratorio todavía no han tenido tiempo para conseguir los informes de contraste y que lo trataremos en la próxima reunión de noviembre.

 

En el caso de los trabajadores de Guardería Fluvial la RD dice que los trabajos que realizan son sencillos y no se les puede equiparar de ninguna manera a los oficiales de 1ª Administrativos, por lo que, como mucho, se les podría reclasificar como oficiales de 1ª oficios varios.

 

La RT argumenta que tanto por iniciativa como por autonomía si que deben ser equiparados a los oficiales de 1ª Administrativos. La RD insiste en que no y que de todas formas nos entregan el acta de la última reunión de al Comisión de Reclasificación y que estos temas seguiremos discutiéndolos en la próxima reunión de esta comisión en el mes de noviembre.

 

 

 

 

RUEGOS Y PREGUNTAS

 

 

PROXIMA REUNION DEL ORET

 

La RT  solicita una nueva reunión en septiembre y la RD pide que sea a finales por que a primeros tienen demasiado trabajo y al final se fija la fecha de la próxima reunión el martes 23 de septiembre.

 

PROPUESTAS EN MATERIA DE VIVIENDA

 

El Delegado de UGT hace entrega tanto a la RD como a los Delegados de CCOO de un documento elaborado por su Sección Sindical en el que se hacen una serie de propuestas para la Comisión de Ayuda a la Vivienda.

 

JORNADAS ESPECIALES

 

La RT pregunta porqué en todas las conversiones a contrato indefinido viene una cláusula sobre las jornadas especiales y la RD dice que no tiene constancia pero que lo van a mirar y contestarán.

 

TRABAJADORES DEL INVENTARIO FORESTAL

 

La RD comenta que han pedido el informe a sus responsables, pero todavía no tienen. Volverán a pedirlo y en cuanto lo tengan se lo comunicarán a la parte social para tratar el asunto cuanto antes.

 

No habiendo más que tratar  y siendo las 14:45 h se levanta la sesión.

Las subcontratas andaluzas de construcción convertirán 24.000 trabajadores en indefinidos con la nueva ley

El consejero de Empleo, Antonio Fernández, destacó hoy que el Registro de Empresas Contratistas y Subcontratistas de la Construcción de Andalucía (REA) hará que se conviertan hasta 2010 en indefinidos 24.000 trabajadores eventuales del sector de la construcción, ya que la nueva ley establece un tope mínimo del 30% de plantilla estable para poder realizar trabajos en la construcción.

Asimismo, en rueda de prensa, Fernández señaló que las empresas del sector deben registrarse en el REA como requisito obligatorio a partir del 26 de agosto para poder desarrollar su trabajo. Asimismo, 485 empresas ya han solicitado su inscripción, 80 ya están inscritas y seis han sido rechazadas.

Andalucía ha sido la primera comunidad autónoma que ha puesto en marcha este registro obligatorio tanto de forma presencial como telemática, y el consejero de Empleo subrayó que "nuevamente la Junta se sitúa a la vanguardia del territorio nacional en medidas que favorecen la seguridad y la calidad en el empleo".

Tanto la oficina virtual que permite realizar el trámite por Internet como el registro presencial, que se puede realizar en las ocho delegaciones provinciales de Empleo, están operativos desde el 23 de junio, y sólo otras tres comunidades autónomas --Cataluña, Madrid y La Rioja-- han desarrollado una aplicación informática propia como ha hecho la Consejería de Empleo, que ha invertido 154.000 euros en esta web y ha dotado con diez técnicos específicos la atención para el registro.

Además, Empleo ha puesto a disposición de los empresarios un servicio 'on line' de atención de consultas, que igualmente pueden realizarse por vía telefónica en el 900 85 12 12. Esta línea de colaboración ciudadana en materia de prevención de riesgos laborales que en el último mes recibió 353 consultas sobre el registro.

Fernández recordó que la nueva ley que regula la subcontratación supone "un hito muy relevante" para mejorar la seguridad laboral de las empresas subcontratistas, ya que deberán acreditar que disponen de una organización productiva propia, cuentan con medios materiales y personales, han formado a sus trabajadores en prevención de riesgos y disponen de un sistema preventivo, lo que "evitará intermediarios innecesarios en el sector y subcontrataciones irregulares".

Asimismo, el consejero apuntó que la nueva ley establece una horquilla de entre 2.046 euros y 40.985 euros de sanción grave para aquellas empresas que incumplan su acreditación en el registro, cuantía que aumenta con una horquilla de entre 40.986 euros y 819.780 euros para los casos de trabajos que implican riesgos especiales. La Inspección de Trabajo se asegurará de que las empresas de la construcción estén acreditadas, con una previsión de 19.000 actuaciones para este año.

Las solicitudes de inscripción deberán dirigirse y serán tramitadas por las delegaciones provinciales de Empleo correspondiente al territorio donde radique el domicilio de la empresa, que también emitirán, si así se solicita, las certificaciones de dichas inscripciones.

La tramitación telemática de las solicitudes de inscripción, se realizará a través de la web la Consejería de Empleo y para realizar los tramites, los usuarios deben disponer de un certificado digital, reconocido por la plataforma @firma y registrarse en el sistema REA. También en la citada dirección se pueden obtener los impresos y rellenarlos para ser presentados en el registro de las delegaciones provinciales de forma presencial.

Europa Press

 

Despido por causas económicas

El Estatuto de los Trabajadores dispone que para que exista una necesidad objetiva de amortizar puestos de trabajo, el empresario debe acreditar que la decisión extintiva basada en causas económicas se realiza con el fin de contribuir a superar una situación económica negativa.

Nuestro derecho permite que una empresa que esté inmersa en circunstancias económicas "peligrosas" pueda prescindir de alguno de sus empleados en la idea de que la reducción de plantilla conducirá al sostenimiento de la empresa y, por tanto, al mantenimiento del empleo restante.

El ciclo económico negativo en el que vivimos hoy ha determinado que los despidos basados en circunstancias económicas (ERE o extinciones por causas objetivas) hayan experimentado una progresión insólita. Y los gurús de la economía vaticinan un septiembre aún más negro.

En cualquier caso, para recurrir a estas figuras, que permiten aligerar la indemnización que debe abonarse al trabajador, es preciso acreditar que concurren las causas económicas que motivan tal extinción. Y en relación con esta "acreditación" es obligado referirse a una reciente sentencia del Tribunal Supremo que ha realizado algunas precisiones sobre el tema.

El Estatuto de los Trabajadores dispone que para que exista una necesidad objetiva de amortizar puestos de trabajo, el empresario debe acreditar que la decisión extintiva basada en causas económicas se realiza con el fin de contribuir a superar una situación económica negativa. Esto ha venido siendo interpretado por algunos tribunales en el sentido de que, para justificar su decisión, el empresario debe probar, además de la existencia de pérdidas, que la amortización del puesto de trabajo es una medida suficiente y adecuada para superar la crisis, lo que, normalmente, requiere la adopción de otras medidas que garanticen la superación de la crisis.

Frente a esta posición, el alto tribunal mantiene que en casos de pérdidas persistentes es suficiente con acreditarlas. Y ello porque la existencia, en principio, de unas pérdidas continuadas y cuantiosas hace presumir, salvo prueba en contrario, que la amortización de puestos de trabajo sobrantes es una medida que favorecerá la superación de dicha situación al comportar una disminución automática de los costes de personal, que contribuirá directamente a aliviar la cuenta de resultados.

Por tanto, cuando una empresa se halle en situación de crisis con pérdidas constantes y continuadas, no será necesario para amortizar empleo por causa económica probar que la medida ayuda a asegurar la viabilidad de la empresa.

JOSÉ MARÍA LASTRAS
El Pais