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Sindicato de Trabajadores de Tragsatec

PREVENCION DE RIESGOS LABORALES

Es bueno ante todo que sepáis, que en lo que respecta a la protección de derechos de los trabajadores, la norma básica en estos temas es la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales. Conviene que le echéis un vistazo, pues nuestros esfuerzos van encaminados a que se cumpla.

Los representantes de lo trabajadores de las distintas comunidades autónomas que formamos parte como Delegados de Prevención del  Comité Intercentros de Seguridad y Salud de Tragsatec queremos trasmitir al resto de compañeros los asuntos tratados en materia de prevención de riesgos laborales en los últimos meses.

 

Por otro lado hay que explicar, a los que no lo conozcáis, que el Comité de Seguridad y Salud está formado por Representantes de los Trabajadores (RT) y Representantes de la Dirección (RD).

ACTUACIONES:

Comité de Seguridad y Salud

El primero de los problemas que nos estamos encontrando es la escasa voluntad por parte de los Representantes de la Dirección  de consensuar un Reglamento para el mencionado Comité. No es un tema de papeleo inútil, pues se trata de dotar de eficacia de trabajo a unas reuniones donde tratamos de ser la voz de los compañeros en lo que respecta a su salud laboral.

La RD ha elaborado su propio reglamento, el PR 05  (consultar en la Intranet),  que trata de imponer sus normas, en contra de lo que dice la ley. Aunque hemos presentado nuestras propuestas por escrito no hemos obtenido respuesta ni se ha recogido ninguna de nuestras aportaciones.

Las convocatorias se demoran y las actas nos llegan con meses de retraso.

Por todo ello pensamos de la RD trata de restar eficacia al funcionamiento del Comité, extremo este que no estamos dispuestos a aceptar.

Nuevas oficinas:

Seguimos reclamando que se nos comunique las apertura de nuevas oficinas, ya que queremos conocer donde se encuentran localizados todos los compañeros para interesarnos por sus condiciones de trabajo.

Planes de Evacuación y Emergencia

Nuestra tarea en este punto se basa en vigilar que todos estos Planes, de los distintos centros de trabajo, estén elaborados y/o actualizados.

El encargado de realizar estos planes es el Servicio de Prevención (SP).

Condiciones de los centros de trabajo.

En lo referente a la condiciones de seguridad y salud en los centros de trabajo la referencia legal es el  RD 486/1997. Donde se establece entre otros asuntos que:

  • La temperatura en oficinas debe estar entre 17 y 27 ºC
  • La humedad relativa entre el 30 y el 70%.
  • Velocidad de corrientes de aire menor a 0.25 m/s

Estamos pendientes de que estos parámetros se cumplan. Hemos solicitado mediciones al Servicio de Prevención y visitado oficinas donde se han detectado problemas.

En los casos donde el problema persiste, pedimos revisión de los aparatos de aire acondicionado o mejoras del aislamiento.

Respecto a las condiciones generales de seguridad en oficinas se ha actuado reclamando que se cumplan en centros de trabajo propios y de cliente. Para ello es imprescindible que nos comuniquéis a través del Delegado de Prevención más cercano los problemas que os surjan.

 

Evaluaciones de riesgo

Es el documento que el Responsable Técnico de Proyecto (RTP) está obligado a solicitar al Servicio de Prevención antes de cualquier trabajo que se realice.

En la Evaluación se analiza:

           - Los posibles riesgos a los que puede estar expuesto cada trabajador.

           - Las medidas que se adoptan para evitarlos o minimizarlos.

Las Evaluaciones a menudo indican que se tiene que entregar al trabajador los llamados EPIS, equipos de protección individual (Botas, abrigos, guantes…). Esta entrega es responsabilidad de RTP dejando constancia de ello con un Justificante de entrega firmado por el trabajador.

Nuestro interés, como representantes de los trabajadores, es que ningún compañero esté trabajando en un proyecto nuevo sin que se haya realizado dicha evaluación.

Es frecuente que en trabajos de corta duración no se observen estas normas y se den casos de compañeros trabajando a la intemperie sin un abrigo o unas botas de trabajo.

Hemos solicitado por escrito que se realicen evaluaciones de riesgo específicas para los distintos puestos informáticos, ya que entendemos que dependiendo de cada uno de los trabajos que se realizan los efectos sobre la salud son diferentes.

Por ejemplo, hay gente que tiene más problemas de vista por una atención constante a las pantallas u otras con problemas músculo-esqueléticos por utilización intensiva del ratón.

A día de hoy no hemos recibido respuesta.

Igualmente hemos solicitado que se realicen a todos y cada uno de los trabajadores de la empresa las llamadas Evaluaciones de Riesgos Psicosociales, que van encaminadas a conocer la “carga mental” a la que está sometido cada trabajador por motivos de organización del trabajo, plazos de entrega y carga de estrés.

El Grupo Tragsa realizó en el año 2005 un sondeo entre varios trabajadores escogidos para ello, con escasa representación de las categorías inferiores. Creemos que ese estudio no permite sacar conclusiones para la actual plantilla de Tragsatec.

Después de varios meses de solicitarlo por escrito, no hemos recibido respuesta.

La lista de reclamaciones es larga y hay otros temas que iremos publicando en este blog.

Para cualquier problema sobre salud laboral no dudéis en consultar con vuestro delegado más cercano.

 Un saludo.

Para ver el acta pinchar aquí:

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