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Sindicato de Trabajadores de Tragsatec

Conciliación

La maternidad no debe ser un problema

Os ponemos un artículo donde muchas compañera/os podéis estar reflejadas, sobre todo cuando se decide acogerse a una jornada reducida. Esperamos que las lacras de una concepción del trabajo desfasada con los tiempos que vivimos queden enterradas con el próximo Plan de Conciliación que debe implantarse en la empresa.

Precisamos con urgencia una nueva organización social, cambiar horarios

El 76,4% de las madres trabajadoras menores de 35 años ha tenido problemas laborales relacionados con su maternidad. Este porcentaje es también muy elevado en las demás franjas de edad: del 69,9% entre las mujeres de 35 a 49 años, del 65,6% entre las de 50 a 64 y del 66,2% de las que tienen de 65 a 74. Estos datos, sin duda muy preocupantes, pertenecen al importante estudio Fecundidad y trayectoria laboral de las mujeres en España,que ha realizado un equipo integrado por expertos del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) y de las Universidades Complutense de Madrid y de Sapienza de Roma. Está basado en una encuesta a 10.000 mujeres que se llevó a cabo en el 2006 y en cuyos resultados se ha trabajado durante más de dos años.

Me preocupa profundamente que a estas alturas del siglo XXI ser madre de familia constituya un problema. Pero eso es lo que ocurre hoy en España cuando una mujer quiere conciliar la maternidad con una actividad profesional fuera del hogar. La mujer tiene todo el derecho a desarrollar ambas facetas de su personalidad: a integrarse en el mercado laboral, ejerciendo la profesión que libremente ha elegido conforme a sus gustos e intereses, y a ser madre. Las dos a la vez, y sin renuncias ni sacrificios en ninguna de ellas. Es lamentable que, como pone de manifiesto este estudio, haya aumentado la discriminación en el trabajo por ser madre y la maternidad limite "más las oportunidades de promoción a las mujeres de las generaciones más jóvenes". Antes la mujer solía dejar su empleo con el nacimiento del primer hijo, algo que ahora no ocurre, pero sí es cierto que atender ambas facetas le conlleva fuertes conflictos y tensiones. Entre las de 20 a 34 años, un segundo y un tercer hijo suponen un incremento significativo en los problemas laborales, pasando del 73,2% para las mujeres que tienen un hijo al 80,3% para las que tienen dos y al 83,7% para las madres de tres hijos o más. ¿Se entiende así por qué España tiene la bajísima tasa de natalidad de 1,38 hijos por mujer, menos de la mitad de los 2,78 de 1975?

Urge reaccionar ante la grave radiografía de nuestra sociedad que nos ofrece el informe. Hay que poner todos los medios para facilitar que las mujeres compatibilicen adecuadamente su doble papel de madres y trabajadoras. Debemos aumentar la natalidad, imprescindible para sostener el Estado de bienestar, y la tasa de empleo femenino, que aunque ha mejorado en los últimos años se encuentra todavía lejos de la media europea.

Precisamos con urgencia una nueva organización social, que pasa inexorablemente por un sustancial cambio en nuestros horarios. Desde la Comisión Nacional que presido insistimos una y otra vez en ello, convencidos de que tanto hombres como mujeres sólo podremos tener una carrera profesional plena, a la vez que una vida personal y familiar feliz, si antes racionalizamos nuestros horarios, homologándolos con los de otros países occidentales, en los que se termina de trabajar a las cinco o las seis de la tarde.

Todos tenemos que colaborar, porque la conciliación de la vida personal, familiar y laboral no es sólo asunto de mujeres, ni la natalidad sólo de las madres. En casa el hombre no debe simplemente ayudar, sino que debe coparticipar con la mujer en el cuidado y educación de los hijos, en la atención de personas dependientes y en la realización de tareas domésticas. Ha de recorrer en el hogar el camino que ella ha recorrido en el ámbito laboral. Por su parte, la sociedad y los poderes públicos deben hacer un esfuerzo sincero por favorecer esa conciliación. Notamos a faltar en el Gobierno, y muy especialmente en el Ministerio de Igualdad, estudios, propuestas, y sobre todo decisiones en defensa de la mujer trabajadora madre de familia. Nuestros horarios, pese a quien pese, no pueden seguir siendo una singularidad en Europa. Espero que el 2010, año en que España asumirá durante el primer semestre la Presidencia de la UE, sea decisivo para avanzar en su necesaria racionalización.

Ignacio Buqueras y Bach: Presidente de la Comisión Nacional para la Racionalización de los Horarios y de ARHOE. Autor de ´Tiempo al tiempo´
La Vanguardia

La baja laboral en vacaciones no cuenta como descanso

Después de varías sentencias algo contradictorias sobre este tema, esta semana ha salido una que revierte la situación a favor de los trabajadores,  y nos sitúa al concepto original del Estatuto de los Trabajadores con respecto a las Vacaciones y Baja por enfermedad.

Gracias a un recurso presentado por el sindicato UGT de Madrid, y tomando el artículo publicado por la Sección Sindical de CC.OO. de El Corte Inglés, (de donde surgió el año pasado la polémica de este derecho, al conseguir ganar la empresa una sentencia a favor de sus interes) , el Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de los trabajadores a disfrutar de todos los días programados para sus vacaciones y a que no se les descuente ninguno si durante el periodo de descanso cayeran enfermos o sufrieran incapacidad temporal.

El Tribunal Supremo ha obligado a la empresa CLH Aviación SA a reconocer el derecho de uno de sus trabajadores a recuperar siete días de vacaciones que le coincidieron con una enfermedad. El Alto Tribunal entiende que "el derecho a las vacaciones solo puede conseguirse cuando el trabajador se encuentre en las condiciones físicas y mentales adecuadas para ello".

"Declaramos su derecho a disfrutar del periodo de vacaciones frustrado por la situación de incapacidad temporal iniciada con anterioridad al inicio de aquel", indica el fallo de la sentencia.

"Ha de tenerse en cuenta que el pleno disfrute del derecho a las vacaciones únicamente puede conseguirse cuando el trabajador se encuentre en condiciones físicas y mentales de hacer uso del mismo de forma que no cabe entender que un trabajador en situación de incapacidad temporal pueda disfrutar adecuadamente de las finalidades atribuidas a las vacaciones", reza el fallo.

Descanso y periodo de ocio

De esta manera, la sentencia indica que las empresas no solo tienen "la obligación de fijar o pactar la fecha en que el trabajador haya de gozar de su descanso anual", sino que igualmente ha de extenderse a revisar "aquellos supuestos en los que un hecho posterior", en referencia a la incapacidad temporal, "enervase la posibilidad de que el operario disfrute de un derecho constitucionalmente garantizado y propio de un Estado social".

En su argumentación, el alto tribunal parte de la doctrina establecida por el derecho comunitario, que, según la sentencia, "obliga a una nueva lectura". Entre otras cuestiones esta jurisprudencia europea citada por el Tribunal Supremo aclara que "la finalidad del derecho a vacaciones no es otra que permitir que los trabajadores descansen y dispongan de un periodo de ocio".

Tal finalidad difiere por esta razón de la finalidad del derecho a licencia por enfermedad, "que se reconoce a los trabajadores con el fin de que puedan recuperarse de una enfermedad", describe el fallo.

La perspectiva de la OIT

Asimismo, la sentencia --de la que ha sido ponente el magistrado Luis Fernando de Castro-- recurre al artículo 6.2 del Convenio 132 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que afirma que "los periodos de incapacidad de trabajo no podrán ser contados como parte de las vacaciones".

El Tribunal Supremo admite así un recurso de unificación de doctrina presentado ante la Sala de lo Social del alto tribunal por Emilio Agudo Bermejo, trabajador de la empresa CLH Aviación S.A., en contra de la sentencia dictada el 2 de abril del 2008 por La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
También aparece la reseña a esta sentencia en un periódico a nivel nacional, EL PAÍS:

http://www.elpais.com/articulo/economia/baja/laboral/vacaciones/cuenta/descanso/elpepieco/20090807elpepieco_3/Tes

Trabajo multiplica por cinco las multas por acoso laboral

Diego Carrasco

(Copyright Paloma Aranda duki@hotmail.es) Publicado en http://www.negocios.com

 

La Inspección de Trabajo ha dictado la Circular 69/2009, que ha cogido por sorpresa a las empresas porque cambia el criterio para sancionar el acoso laboral. De entrada, multiplica por cinco las multas a las empresas por este tipo de conductas, ya que han pasado de 187.515 euros a 819.780 euros. En segundo lugar, esta modificación se justifica porque el acoso laboral, en la Circular 34/2003, constituía una infracción en el ámbito de las relaciones laborales, es decir, un atentado contra la dignidad del trabajador o un caso de discriminación en algunos supuestos. Ahora, según la Circular 69/2009, el acoso laboral es una infracción en materia de prevención de riesgos laborales, lo que supone una multitudinaria multa para la empresa.

“Esta modificación de Trabajo ha sembrado inquietud en las compañías porque desconocen que su riesgo se ha

cuadruplicado”, ha manifestado a LA GACETA María Eugenia Guzmán, abogada del departamento de Laboral de Cuatrecasas Gonçalves Pereira. En este sentido, “no es justo que criterios de la Administración Pública, que tienen en la práctica la capacidad de modificar la normativa vigente, sean desconocidos por los ciudadanos, pues se les genera una clara y manifiesta indefensión”, afirma Guzmán.

El motivo principal del cambio de criterio, según la Circular 69/2009, reside en la mayor relevancia que ha adquirido el riesgo psicosocial, que es el resultante de la interacción entre los trabajadores y la organización de la empresa. Sus principales manifestaciones son el estrés laboral y la violencia en el trabajo. Para ello, la Inspección de Trabajo incorpora como novedad la obligación para todas las empresas de incluir entre sus actuaciones preventivas la realización de estudios psicosociales.

Para María Eugenia Guzmán, “esta decisión va más allá de lo expresamente previsto en la normativa aplicable, que si bien exige expresamente amplia documentación preventiva como evaluaciones de riesgos y planes de prevención, no impone en ningún precepto el estudio psicosocial”.

Así las cosas, basta que una empresa no tenga realizado un estudio psicosocial (la mayoría de las compañías no cuentan con él) y un trabajador denuncie ante la Inspección que padece estrés porque se siente hostigado, para que aquella pueda recibir una sanción que quiebre sus presupuestos. Para mayor inri, la suculenta multa de la Inspección es una de las múltiples responsabilidades que pueden derivarse de un acoso en vía penal (prisión), civil (indemnizaciones por daños y perjuicios) y recargo de prestaciones. Además, el trabajador puede acudir a un juzgado social para conseguir una resolución de contrato por incumplimiento contractual de la empresa y así obtener una indemnización de 45 días de salario por año más una indemnización adicional por violación de un derecho fundamental. “Lo sorprendente es que la empresa puede incurrir en lo anterior simplemente por no prevenir”, enfatiza Guzmán.

Consecuencias del cambio

Respecto a las principales consecuencias de este cambio de criterio de la Inspección de Trabajo, Belén Lavandera, abogada del área de Laboral de Cuatrecasas Gonçalves Pereira, señala que “se van a multiplicar las denuncias por acoso, especialmente como arma de negociación por los trabajadores no acosados, pero sí insatisfechos con su puesto de trabajo en la empresa”. Esta experta laboralista explica que “hasta ahora se interponía una demanda ante el juez para para presionar de forma eficaz a la compañía y negociar así una salida con una alta indemnización. Ahora, puede ser más efectivo anunciar a la entidad su intención de denunciar ante la Inspección de Trabajo, con el alto riesgo de que la empresa reciba una exorbitada multa”.

En consecuencia, ¿qué debe hacer una compañía para evitar incurrir en estos riesgos? La respuesta, según la abogada Guzmán, es “la obligación de tener un código de prevención de acoso y un protocolo de actuaciones para el caso de denuncia o indicio de acoso. Además, hay que hacer estudios psicosociales periódicos e incluir dentro de la vigilancia de la salud de los trabajadores el aspecto psicológico”. Ambas abogadas creen que “es un arma arrojadiza para la empresa”.

Permiso retribuido por consulta al médico sólo en jornada obligatoria

Gracias a la información de varios compañeros hemos podido detectar que la Dirección está aplicando de manera unilateral una interpretación del Permiso Retribuído de ‘Visita médico’ en la que no estamos de acuerdo.

Si vamos a la intranet y vemos la información que aparece en el documento ‘Ayuda – Clase de solicitudes-‘en el apartado ‘Solicitud/Justificación de incidencias’:

Visita médico

Justificación del tiempo necesario para la asistencia a consulta médica, asi como para la realización de pruebas médicas. Se considera permiso retribuido la asistencia del trabajador a consulta de médicos públicos y privados que se produzcan en jornada obligatoria.

Ha aparecido una coletilla en la que los Representante de los Trabajadores no estamos de acuerdo y ya expusimos en el Acta nº 31 del ORET, cuando se trató el tema de igualdad de condiciones al Convenio Tragsa, a la que el ORET manifiesta su total oposición y estudia la posibilidad de denuncia a Tragsatec, aunque previamente intentaremos corregir esta anomalía con la nueva dirección de Recursos Humanos, pues consideramos que damos un paso atrás en la conciliación laboral y sobre los derechos ya adquiridos.

 Ya se está aplicando, para la dirección sólo cuentan las horas de consulta al médico público o privado en jornada obligatoria, es decir, de 9:30 a 13:45, con lo cual si vais en otro horario tendréis que recuperar las horas.

Nos está costando mucho alcanzar logros para una mayor conciliación laboral y no por eso vamos a ceder en los derechos que ya hemos adquirido, como es el carácter retributivo de las Visitas médicas como se estaba realizando hasta ahora. Si hemos logrado tener  ‘Flexibilidad horaria’ es por la necesidad de conciliar un horario laboral que dificulta recoger a los hijos en sus colegíos o guarderías a una hora exacta al colegio, o poder llega a las citas con sus profesores y educadores; y no puede estirarse tanto la jornada flexible para asumir un compromiso, las visitas médicas, que ya estaba recogido anteriormente. A lo que puede dar lugar es a forzar a muchos padres a acogerse a la Jornada Reducida, que irónicamente, siendo un derecho social también está mal visto por la Dirección de la Empresa, y quién se acoge a este derecho ‘paga sus consecuencias’; o cambiar el horario del médico al turno de la mañana.

Por último recordaros, que ya aparece en el apartado de ‘Ayuda –Clase solicitudes-‘ mencionado el texto que hace referencia al nuevo Permiso Retribuido que se aplica desde marzo de este año 2009:

 

Visita Medico Familiar

Ausencia dentro de la jornada para acudir a la consulta medico familiar. El acompañamiento a médico de hijos menores de edad y familiares dependientes, cuando se realice en jornada obligatoria, se considerará permiso retribuido. Deberá presentarse justificación que constará del certificado médico de la visita donde conste la hora, fotocopia del libro de familia y en el caso del familiar dependiente el certificado oficial.

 

Firmado el plan de igualdad en la empresa de seguros Pelayo

En su contenido se incluyen importantes medidas sobre: acceso al empleo, clasificación profesional, promoción y desarrollo profesional, retribución y formación.

El pasado 12 de Mayo, la Sección Sindical de Comfía-CC.OO firmó el Plan de Igualdad Pelayo con una vigencia hasta el 31/12/2013.

Este Plan de Igualdad es un gran avance para conseguir mejoras necesarias en todos los aspectos detectados en el diagnóstico previo, mediante el desarrollo y aplicación de las medidas y acciones positivas que contiene, cuya finalidad es lograr en Pelayo la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres, eliminar la discriminación por razón de sexo y conseguir que la igualdad y los derechos de conciliación formen parte de la cultura empresarial en todos los niveles de su organización.

En su contenido se incluyen importantes medidas sobre: acceso al empleo, clasificación profesional, promoción y desarrollo profesional, retribución y formación, tendentes todas ellas a proteger a las personas del colectivo de género menos favorecido en busca del equilibrio e igualdad.

Como medida destacable, está el compromiso de analizar y estudiar la Clasificación Profesional de la plantilla para definir los puestos técnicamente, cuestión ésta que llevamos planteando mucho tiempo y que aprovechando la vertiente de igualdad, vamos a poder conseguirlo.

Además, existe el compromiso de analizar detalladamente el sistema retributivo (fijo y variable) a fin de detectar posibles desviaciones y establecer las correspondientes medidas correctoras, potenciando el aumento de la retribución en las mujeres, especialmente en los segmentos detectados en el diagnóstico previo como más desfavorecidos al existir mayores diferencias salariales respecto a los hombres.

También se incorporan medidas de comunicación para favorecer la eliminación del lenguaje sexista, la consolidación de las actuales medidas de conciliación y beneficios sociales junto con acciones para mejorarlas en el futuro y el compromiso de establecer un protocolo de actuación para la prevención del acoso sexual y por razón de sexo.

En el próximo mes de junio se creará la Comisión de Igualdad para desarrollar todos los contenidos y evaluar su implantación en la empresa, en los plazos establecidos.

En la realización de este trabajo hemos conseguido un gran nivel de satisfacción porque se han incorporado la mayoría de nuestras propuestas y aportaciones al Plan, alcanzando finalmente el acuerdo gracias al clima de colaboración y diálogo de las partes.

Queremos destacar, además, la importancia de la negociación colectiva para la defensa de los derechos y la mejora de las condiciones laborales que se pueden llevar a cabo, principalmente, gracias a la representación sindical.

Sección sindical de Comfia-CCOO en Pelayo

NUEVO PERMISO RETRIBUÍDO: ACOMPAÑAMIENTO AL MÉDIDO DE PERSONAS DEPENDIENTES

Desde el 3 de marzo de este año, como resultado de las negociaciones realizadas con la empresa, el acompañamiento  al médico de hijos menores de edad y familiares dependientes será un permiso retribuído durante el tramo horario de jornada obligatoria.

Los detalles podéis consultarlo en breve cuando el acta se publique en la intranet y que volveremos a publicarlo en este blog. Se trata de un nuevo paso que hemos podido conseguir en la convergencia real con TRAGSA, además de dar un paso más en la política de conciliación que queremos implantar en la empresa.

Comunicado de la SECCIÓN SINDICAL CC.OO. de TRAGSATEC

            El día de la mujer trabajadora es un día conmemorativo, de celebración, pero sobre todo de reivindicación.

            Mucha gente se pregunta si a estas alturas, en 2009, nos quedan metas por alcanzar  a las mujeres. Pues tristemente hay que decir que SÍ. La incorporación de la mujer al trabajo es un hecho consumado (en nuestra empresa el número de mujeres es ligeramente superior al de hombres). Pero ¿en qué condiciones? Nos encontramos con que la proporción de sexos en puestos de responsabilidad no es equitativa y además nos preguntamos ¿cobran las mujeres en Tragsatec lo mismo que sus compañeros?

            Nuestra empresa ha realizado un diagnóstico del plan de igualdad (sin contar con la plantilla ni con sus representantes) en el que concluye que, a pesar de que la proporción de mujeres disminuye conforme ascendemos en el organigrama, a pesar de no comprobar si hay o no igualdad retributiva, a pesar de no contar con un protocolo para el acoso sexual o moral (¿sabes a quien dirigirte o que hacer si sufres acoso?), a pesar de todo esto , Tragsatec , concluyen, es una empresa con Igualdad efectiva de hombres  y mujeres. No podemos estar más en desacuerdo. Y es evidente que un mal diagnóstico no conducirá nunca a una buena solución.

            El hecho de que las mujeres nos hayamos incorporado al mercado laboral, ha supuesto toda una revolución en el ámbito familiar. Ahora que las mujeres hemos salido de casa, los  hombres pueden y deben entrar en ella. La mujer no es ya la única “cuidadora” familiar (de casa, niños, padres, suegros…). Afortunadamente cada vez hay más concienciación de que las responsabilidades  familiares deben ser compartidas. Para ello, hombres y mujeres, necesitamos unas herramientas: las medidas de conciliación. Para nuestra empresa, desgraciadamente, estas medidas no son importantes. ¿Contamos en Tragsatec con una política de conciliación seria y completa?

            Te propongo un sencillo ejercicio. Marca qué medidas se aplican en nuestra empresa

-Guardería en la empresa 

-Subvenciones económicas para guardería

-Servicio para el cuidado de personas dependientes

-Teletrabajo

-Ampliación del permiso de maternidad o paternidad (por encima de lo establecido por la ley)

-Permisos retribuidos para acompañamiento al médico de hijos o mayores de 65 años a nuestro cargo

-Libre elección del turno de trabajo para el personal con hijos o familiares al cargo

-Facilitar el traslado del personal que lo solicite para el reagrupamiento familiar

Desde la entrega el 4 de julio del 2007, de  una serie de solicitudes de conciliación familiar refrendadas por  842 firmas de compañeras y compañeros, en respuesta a las felicitaciones del Presidente del Grupo TRAGSA a las trabajadoras por el día de la mujer trabajadora, no ha habido avance concreto alguno, a pesar de recordárselo en varias reuniones y pedirles algún gesto. La  Representación de la Dirección se ha escudado en que se incluirían  en las medidas de corrección del Plan de Igualdad, y su gesto ha sido desdeñarnos en la participación del mismo ¿Volverá este año a felicitar a las trabajadoras el Presidente? Nosotros le pedimos que sin avances en igualdad se abstenga de tal actitud de cara a la galería.

Queda mucho camino por andar y muchas cosas por mejorar. En Tragsatec necesitamos ya un diagnóstico de Igualdad serio y completo, que cuente con la opinión de la plantilla y sus representantes legales. Una planificación cuidadosa y negociada de medidas de acción positivas, de conciliación y contra el acoso. Necesitamos un  Plan de Igualdad profundo. Un Plan de Igualdad hecho por todos y para todos y que permita, de verdad, que seamos iguales.

Así, esperamos contar cosas distintas el 8 de marzo de 2010.


ESTADO DEL CUMPLIMIENTO DURANTE EL 2008 DEL ACUERDO DE ESTABILIDAD LABORAL 2008-2012

 

El miércoles 4 de febrero, hubo una reunión para contrastar el grado del cumplimiento del Acuerdo y cerrar su aplicación para el año 2008, lo que no se pudo realizar porque la Dirección  no nos aportó previamente los datos necesarios, y los mostrados en la reunión eran insuficientes. Con los datos recabados por la representación social y los que posteriormente aportó la dirección, tenemos que decir que para el Año 2008, el Acuerdo no se ha cumplido, si en alcanzar los porcentajes mínimos acordados, pero no en cuanto a los criterios de aplicación para realizar las transformaciones de contratos eventuales en indefinidos. Ya os hemos contado en las últimas asambleas informativas que realizamos, en algunos centros, en diciembre, que lo más difícil no es llegar a un acuerdo, sino hacerlo cumplir, y en ello estamos.

El día 4 de marzo les hemos presentado nuestras discrepancias y estamos a la espera de su corrección, en caso de no ser satisfactorias, iremos a la Inspección de Trabajo, dependiente del Ministerio de Trabajo e Inmigración,  y seguidamente, si no obtenemos un cambio de actitud por parte de la dirección,  volveremos a salir a la  calle.

Las discrepancias son

Datos de la Dirección de la Empresa

Datos de la Representación de los Trabajadores

Plantillas realizadas en 2008 según Acuerdo

Por antigüedad

228 ( en abril)

Plantillas realizadas en 2008 según Acuerdo

Por antigüedad

228 ( en abril)

Por ley 43/2006

229 ( durante el resto del año)

Por ley 43/2006

83 ( durante el resto del año)

 Otras plantillas realizadas en 2008

115

 Otras plantillas realizadas en 2008

261

TOTAL PLANTILLAS REALIZADAS EN 2008

568

TOTAL PLANTILLAS REALIZADAS EN 2008

568

                                  

Nosotr@s pensamos que en un momento actual de crisis económica, y que, como siempre, y sin comerlo ni beberlo, acabamos por pagar l@s trabajador@s, en la que el paro es uno de los efectos más directos y perniciosos, es necesario avanzar hacia una mayor estabilidad en el empleo. Esto, en una empresa pública como TRAGSATEC, es fundamental, ya que parte de la solución desde el Gobierno es un cambio de actitud del empresariado, hay que predicar con el ejemplo. Ya que tenemos un acuerdo en este sentido, lo más práctico es cumplir con el mismo.

La dirección debe entender que ya no estamos en los tiempos en los que bastaba con alargar y dilatar todas las decisiones para que al final cayeran en saco roto sin más. Nos ha costado mucho conseguir este acuerdo y vamos a hacerlo cumplir.

Mientras tanto los que estiméis que pronto no os van a renovar el contrato  y  os deberían haber hecho indefinidos ya, según Ley 43 /2006 (ley o decreto Caldera), poneros en contacto con nosotros para aconsejaros lo que debéis hacer. Desde luego consideramos que la mejor forma de hacer valer vuestros derechos es con la afiliación en CC.OO, y cuanto más lo demoréis, las soluciones son más complicadas o inviables.

El Congreso pedirá que se garanticen plazas de guardería a los padres que trabajan

Con el objetivo de poner en marcha medidas concretas sobre la conciliación de la vida laboral y familiar, los 'populares' propondrán solicitar al Ejecutivo a que promueva acuerdos con los agentes sociales para impulsar la jornada continua, incentivar eltrabajo a tiempo parcial, horarios flexibles, "en línea conlas prácticas habituales de los países avanzados".

La Comisión de Educación Política Social y Deporte del Congreso de los Diputados debatirá este martes 24 de febrero una proposición no de ley del Grupo Popular en la que insta al Gobierno a que, en el marco del Estatuto de los Trabajadores, se garantice el derecho de los padres que trabajan o estudian a tener garantizada una plaza en escuelas infantiles o guarderías para sus hijos menores de tres años.

Con el objetivo de poner en marcha medidas concretas sobre la conciliación de la vida laboral y familiar, los 'populares' propondrán solicitar al Ejecutivo a que promueva acuerdos con los agentes sociales para impulsar la jornada continua, incentivar eltrabajo a tiempo parcial, horarios flexibles, "en línea conlas prácticas habituales de los países avanzados".

Según esta formación, la conciliación de la vida familiar y laboral supone "un claro incentivo" para que las mujeres se incorporen o permanezcan en el mercado de trabajo sin que tenganque renunciar a la maternidad ni a la familia. "El trabajo no puede ser un obstáculo para que la mujer pueda llevar a cabo su derecho a la maternidad".

Sobre la Ley por la que se establece la deducción por nacimiento o adopción en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y la prestación económica de pago único de la Seguridad Social por nacimiento de hijo o adopción, aprobada la pasada Legislatura, los 'populares' recuerdan que en su disposición adicional cuarta se establecía que el Gobierno tenía que impulsar políticas tendentes a desarrollar la escolarización de cero a tres años. Sin embargo, el PP dice que "nuevamente, se incumple por parte del Ejecutivo una Ley aprobada, sin que se hayan desarrollado las políticas necesarias para que la escolarización de cero a tres años sea un hecho".

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